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La obligación de integrar a los Empleados de Hogar en el Régimen General de la Seguridad Social ya está en vigor desde el 1 de enero de 2012.

El empleador o cabeza de familia debe tener en cuenta:

  • ¿Quién tiene capacidad para formalizar un contrato de trabajo?
  • Contenido mínimo que debe incluir un contrato de trabajo.
  • Duración del contrato.
  • Período de prueba.
  • Derechos y obligaciones que se desprenden del contrato de trabajo para cada una de las partes.
  • Vacaciones anuales.
  • Duración de la jornada laboral.
  • ¿Existe la obligación de entregar al trabajador una hoja de salarios o nómina?
  • ¿Quién tiene que tramitar el alta del trabajador en el Sistema de la Seguridad Social?
  • Principales características de los contratos de trabajo por tiempo indefinido (contratos fijos).
  • Principales características de los contratos de trabajo de duración determinada (contratos temporales).

Si quiere confiarnos la relación laboral con su empleado de hogar, póngase en contacto, lo antes posible, con nuestro Dpto. Laboral y le ayudaremos a realizar todas las gestiones.

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