Promoción del empleo autónomo

Beneficiarios.-

♦ Desempleados que creen su propio puesto de trabajo como autónomos, siempre que sean titulares o cotitulares del negocio o explotación.

♦ Autónomos que realicen su primera contratación indefinida durante el primer año de actividad.

Ayudas.-

Suvbención por establecimiento como trabajador autónomo para la realización de inversiones en activos fijos, por un importe no inferior a 3.000€.

- Desempleados – 5.000€
- Desempleados menores de 30 años – 6.000€
- Mujeres desempleadas – 7.000€
- Emigrantes retornados y trabajadores de empresas en crisis – 7.500€
- Desempleados con discapacidad o colectivos de exclusión social – 8.000€
- Mujeres desempleadas con discapacidad o colectivos excl. social – 10.000€

Subvención financiera. Reducción del tipo de interés de hasta 4 puntos para préstamos que como mínimo el 75% de su importe financie inversiones en activos fijos.

Subvención para asistencia técnica. Servicios externos (estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnóstico, etc.). El 75% de los costes hasta un máximo de 1.000€.

♦ Subvención para formación. Cursos relacionados con la dirección, gestión empresarial y nuevas tecnologías de la información y comunicación. El 75% de los costes hasta un máximo de 3.000€.

Ayuda excepcional para los primeros gastos de actividad. Mínimo 2.000€ y máximo 3.600€.

Subvención por primera contratación indefinida. Mínimo 2.000€ y máximo 6.000€.

Plazo presentación.-

♦ Plazo límite de un mes desde la solicitud de alta en la Seguridad Social. Nunca  con posterioridad al 30 de septiembre de 2012.

Hasta el 30 de marzo de 2012, para altas entre del 01/10/2011 y el 20/01/2012.

Amplie la información al respecto, consulte nuestro Dpto. de Subvenciones.